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jueves, 20 de enero de 2011

EJEMPLO DEL ARTÍCULO 6 DE LA LEY 50/1997, DEL GOBIERNO: LAS COMISIONES DELEGADAS DEL GOBIERNO.

ARTÍCULO 6 DE LA LEY 50/1997, DE 27 DE NOVIEMBRE, DEL GOBIERNO:

1. La creación, modificación y supresión de la Comisiones Delegadas del Gobierno será acordada por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto, a propuesta del Presidente del Gobierno.

2. El Real Decreto de creación de una, Comisión Delegada deberá especificar, en todo caso:

a. El miembro del Gobierno que asume la presidencia de la Comisión.

b. Los miembros del Gobierno y, en su caso, Secretarios de Estado que la integran.

c. Las funciones que se atribuyen a la Comisión.

d. El miembro de la Comisión al que corresponde la Secretaría de la misma.

3. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior podrán ser convocados a las reuniones de las Comisiones Delegadas los titulares de aquellos otros órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado que se estime conveniente.

4. Corresponde a las Comisiones Delegadas como órganos colegiados del Gobierno:

a. Examinar las cuestiones de carácter general que tengan relación con varios de los Departamentos Ministeriales que integren la Comisión.

b. Estudiar aquellos asuntos que, afectando a varios Ministerios, requieran la elaboración de una propuesta conjunta previa a su resolución por el Consejo de Ministros.

c. Resolver los asuntos que, afectando a más de un Ministerio, no requieran ser elevados al Consejo de Ministros.

d. Ejercer cualquier otra atribución que les confiera el ordenamiento jurídico o que les delegue el Consejo de Ministros.

5. Las deliberaciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno serán secretas.

EJEMPLO:

Podéis encontrar todas las Comisiones Delegadas del Gobierno actualmente existentes en el Real Decreto 1331/2010, de 22 de octubre, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno.

Son las siguientes:

a) Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis.

b) Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

c) Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica.

d) Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica y Tecnológica.

e) Comisión Delegada del Gobierno para Política de Inmigración.

f) Comisión Delegada del Gobierno para el Cambio Climático.

g) Comisión Delegada del Gobierno para Política de Igualdad.

h) Comisión Delegada del Gobierno para la Cooperación al Desarrollo.

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