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miércoles, 5 de enero de 2011

EJEMPLO DEL ARTÍCULO 295 LEY 30/2007, CONTRATOS SECTOR PÚBLICO: CONSTITUCIÓN DE UNA MESA DE CONTRATACIÓN.

ARTÍCULO 295 DE LA LEY 30/2007, DE 30 DE OCTUBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.

El artículo 295 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público establece:

<<1. Salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación (que puede hacer de órgano de contratación en ciertos contratos), en los procedimientos abiertos y restringidos y en los procedimientos negociados con publicidad a que se refiere el artículo 161.1, los órganos de contratación de las Administraciones Públicas estarán asistidos por una Mesa de Contratación (que viene a ser el órgano instructor del expediente de contratación), que será el órgano competente para la valoración de las ofertas. En los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación.

2. La Mesa estará constituida por un Presidente, los vocales que se determinen reglamentariamente, y un Secretario.

3. Los miembros de la Mesa serán nombrados por el órgano de contratación. El Secretario deberá ser designado entre funcionarios o, en su defecto, otro tipo de personal dependiente del órgano de contratación, y entre los vocales deberán figurar necesariamente un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un interventor, o, a falta de éstos, una persona al servicio del órgano de contratación que tenga atribuidas las funciones correspondientes a su asesoramiento jurídico, y otra que tenga atribuidas las relativas a su control económico-presupuestario.>>

EJEMPLO.

Un ejemplo de este artículo lo podéis ver en la Resolución de 28 de junio de 2010, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se acuerda la constitución de la Mesa de Contratación.

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